Cuando ya tenemos claro qué es lo queremos y por fin lo
hemos encontrado, hemos cubierto la primera parte del proceso.
Ahora es cuando llega el momento de alcanzar un compromiso. Lo
habitual es comenzar por una señalización
de la vivienda que queremos comprar. Hay que ser cauteloso
con esta señalización. Podemos realizarla de dos formas:
· A través de la entrega de una cantidad en concepto
de paga y señal, el dinero entregado al
vendedor se convierte en parte del precio final de la vivienda.
Cuando se reserva de esta forma estamos firmando un documento
que tiene el mismo valor que el contrato de compraventa y, en
caso de que cualquiera de las partes se retracte, la otra se encuentra
en su derecho de exigir que se cumpla lo pactado.
· A través de la entrega de un dinero en concepto
de arras. Ésta es la forma más
habitual. Es una opción de compra y tanto vendedor como
comprador pueden retractarse de su decisión. En caso de
hacerlo, al comprador le tocará dar por perdida la cantidad
señalizada o, al vendedor, si fuere él quien se
lo piensa mejor, abonar a la otra parte el doble del importe recibido.
Antes
de la formalización del contrato de compraventa, incluso
antes de dar señal o dinero alguno, es muy importante pasarse
por el Registro de la Propiedad para pedir un informe sobre la situación
actual de la vivienda que queremos comprar.
Se trata de un organismo público en el que están inscritos
los bienes inmuebles de cada localidad y donde, con una sencilla
consulta mediante una nota simple informativa,
podrá comprobar que el vendedor es el auténtico propietario
de la vivienda, que está libre de cargas como antiguas hipotecas,
embargos... En otras palabras, el Registro supone una garantía
ya que nos informa de lo que compramos, a quien se lo compramos
y el estado de cargas del inmueble.
En el caso de que haya recurrido a un profesional inmobiliario,
estos trámites serán realizados por él, ahorrándose
usted las consabidas molestias. |